Gabriela Millaquén, abordó las recientes modificaciones de la Ley 21.673 en Seminario sobre Derechos del Consumidor
En el marco del Seminario sobre Derechos del Consumidor, realizado en conjunto entre Agrecu y la Universidad Gabriela Mistral, la directora regional metropolitana del Servicio Nacional del Consumidor, Gabriela Millaquén, abordó las recientes modificaciones de la Ley 21.673, promulgada en mayo de este año, que amplía los alcances de la Ley 20.009. Esta norma regula las transacciones desconocidas por robos, fraudes y otros, y establece nuevos estándares para proteger a los consumidores.
Millaquén resaltó cómo estas modificaciones buscan adaptar las leyes al ritmo de la evolución social, ampliando los supuestos para considerar más tipos de transacciones. “Las normas necesitan adaptarse a cómo va creciendo la sociedad”, explicó, haciendo hincapié en la importancia de una legislación rápida que responda a las necesidades de consumidores y proveedores.
Entre las innovaciones más destacadas se encuentra la obligación de bloqueo inmediato del medio de pago una vez que se reporta una transacción desconocida, lo cual representa una mejora respecto al antiguo sistema. Además, el período para reclamar operaciones fraudulentas se reducirá de 120 a 60 días. La jueza Viviana Muñoz, del 4° Juzgado de Policía Local de Santiago, explicó que esta reducción busca agilizar los procedimientos y brindar una respuesta más adecuada a los usuarios.
Otra de las grandes preocupaciones expuestas fue el establecimiento de patrones claros para la devolución de montos. La normativa ahora distingue los medios de pago y establece plazos específicos para la restitución en casos de fraude. “Los umbrales actuales son: para las 35 UF, los plazos para la restitución serán de 10 a 15 días; para más de 35 UF, habrá siete días adicionales”, detalló Millaquén.
Un aspecto crucial de la ley es la obligación de denuncia por parte del consumidor en casos de transacciones fraudulentas, que debe realizarse ante el Ministerio Público o la policía en un plazo de 10 días hábiles, o de 15 días si se trata de cajeros automáticos. Esta medida, aunque controvertida, busca prevenir el fraude. La directora agregó: “La no entrega de esta declaración en el plazo de 30 días corridos desde el aviso implica el retracto del consumidor”, lo cual refuerza el compromiso del usuario en el proceso.
Por último, la exposición también abordó el tema del autofraude, con presunciones de dolo o culpa grave en casos específicos, como transacciones entre cuentas de un mismo titular o entre cuentas familiares. Millaquén subrayó la importancia de establecer mecanismos que equilibren los derechos de los consumidores y la seguridad para los proveedores: “No debemos olvidar que esta norma busca equiparar la cancha para evitar devoluciones que puedan derivar en autofraude”.