Gabriela Millaquén abordó las recientes modificaciones de la Ley 21.673 en  Seminario sobre Derechos del Consumidor

Gabriela Millaquén, abordó las recientes modificaciones de la Ley 21.673 en  Seminario sobre Derechos del Consumidor

En el marco del Seminario sobre Derechos del Consumidor, realizado en conjunto  entre Agrecu y la Universidad Gabriela Mistral, la directora regional metropolitana del  Servicio Nacional del Consumidor, Gabriela Millaquén, abordó las recientes  modificaciones de la Ley 21.673, promulgada en mayo de este año, que amplía los  alcances de la Ley 20.009. Esta norma regula las transacciones desconocidas por  robos, fraudes y otros, y establece nuevos estándares para proteger a los  consumidores. 

Millaquén resaltó cómo estas modificaciones buscan adaptar las leyes al ritmo de la  evolución social, ampliando los supuestos para considerar más tipos de  transacciones. “Las normas necesitan adaptarse a cómo va creciendo la  sociedad”, explicó, haciendo hincapié en la importancia de una legislación rápida que  responda a las necesidades de consumidores y proveedores.

Entre las innovaciones más destacadas se encuentra la obligación de bloqueo  inmediato del medio de pago una vez que se reporta una transacción desconocida, lo  cual representa una mejora respecto al antiguo sistema. Además, el período para  reclamar operaciones fraudulentas se reducirá de 120 a 60 días. La jueza Viviana  Muñoz, del 4° Juzgado de Policía Local de Santiago, explicó que esta reducción busca  agilizar los procedimientos y brindar una respuesta más adecuada a los usuarios.

Otra de las grandes preocupaciones expuestas fue el establecimiento de patrones  claros para la devolución de montos. La normativa ahora distingue los medios de pago  y establece plazos específicos para la restitución en casos de fraude. “Los umbrales  actuales son: para las 35 UF, los plazos para la restitución serán de 10 a 15 días;  para más de 35 UF, habrá siete días adicionales”, detalló Millaquén. 

Un aspecto crucial de la ley es la obligación de denuncia por parte del consumidor en  casos de transacciones fraudulentas, que debe realizarse ante el Ministerio Público o  la policía en un plazo de 10 días hábiles, o de 15 días si se trata de cajeros  automáticos. Esta medida, aunque controvertida, busca prevenir el fraude. La  directora agregó: “La no entrega de esta declaración en el plazo de 30 días corridos  desde el aviso implica el retracto del consumidor”, lo cual refuerza el compromiso  del usuario en el proceso. 

Por último, la exposición también abordó el tema del autofraude, con presunciones de  dolo o culpa grave en casos específicos, como transacciones entre cuentas de un  mismo titular o entre cuentas familiares. Millaquén subrayó la importancia de  establecer mecanismos que equilibren los derechos de los consumidores y la  seguridad para los proveedores: “No debemos olvidar que esta norma busca  equiparar la cancha para evitar devoluciones que puedan derivar en autofraude”.